ELECCIONES MOCHUMÍ 2022: DECLARAN INADMISIBLE LISTA DE PAOLO ACOSTA, PERSONERO DEBERÁ SUBSANAR OBSERVACIONES EN DOS DÍAS

El Jurado Electoral Especia de Chiclayo declaro la inadmisibilidad de la lista del candidato de Renovación Popular C.P.C. Paolo Acosta de la Cruz, según la resolución N° 00289-2022-JEE-CHYO/JNE.

Estas son las observaciones realizadas en la resolución.

8.1. Con relación al candidato a alcalde ciudadano PAOLO ACOSTA DE LA CRUZ, se
advierte que no acredita haber nacido o domiciliar en el distrito donde postula, cuando
menos dos años continuos cumplidos hasta la fecha límite para la presentación de la
solicitud de inscripción de listas de candidatos, toda vez que, de la consulta RENIEC se
observa, que si bien vive en el distrito de Mochumì, la fecha de emisión es el 17 de
setiembre del año 2021, de conformidad con el numeral 24.1 literal b del artículo 24º del
Reglamento. Asimismo, se advierte que presentó sus Declaraciones Juradas de
Consentimiento (Anexo 1) y Declaración Jurada de no tener deuda de reparación civil
(Anexo 2) suscritas con fecha 12 de junio de 2022, fecha anterior al término del
llenado de su DJHV, que se hizo el 13 de junio de 2022; sin embargo, no estaría
cumpliendo con lo establecido en el numeral 28.6 del artículo 28º del Reglamento que
señala: “La declaración jurada contenida en el Anexo 1 del presente reglamento, la cual
obligatoriamente debe ser llenada por completo en lo pertinente, contar con la huella
dactilar del índice derecho y ser suscrita por cada candidato, en fecha igual o posterior
al término del llenado de su DJHV”, por tanto, debe subsanar dichas omisiones.

Paolo-Acosta

Así mismo según dichas observaciones deberá ser subsanada en los dos siguientes para que dicho jurado vuelva a calificar la lista aceptar la admisión o declararla improcedente.

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